Debe tener en cuenta lo siguiente:
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Los agentes de retención y percepción son designados por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria mediante Resoluciones de Superintendencia a diferencia de las detracciones que corresponden a retenciones que se realizan no por ser agentes de retención sino por la actividad que desarrollan. |
El Derecho Publico y Privado
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La diferencia de las empresas creadas por medio de una Ley, es que estas se encuentran regidas por el derecho público y las que se constituyen e inscriben en los registros públicos están regidas por el derecho privado
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La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de menor jerarquías, así sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del Estado.
Base Legal:
Artículo 51° de la Constitución Política del Perú
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Las Retenciones en el e IGV |
Cuando se realiza una venta a una persona designada agente de retención, como por ejemplo las instituciones públicas del estado. Entonces se le va a retener un porcentaje del 6% del importe de la factura emitida, al momento de realizar la cobranza. |
Las Percepciones en el IGV |
Cuando se realiza compras a una empresa que tiene condición de agente de percepción la empresa nos solicitara un importe adicional al importe de la factura |
Las Detracciones en el IGV |
Cuando se realiza una operación sujeta a detracción, se nos tiene que retener un porcentaje del monto de nuestra factura de venta de acuerdo a una tabla establecida por la SUNAT. |
Las personas naturales con negocio tienen la posibilidad de optar un Régimen tributario de acuerdo a la actividad que realice, estos son Régimen Único Simplificado, Régimen Especial de Renta y el Régimen General y las personas jurídicas deben elegir entre el Régimen Especial de Renta o el Régimen General, todo esto de acuerdo a la actividad que desarrolle.
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